La responsabilidad civil de la penal, civil, administrativa y disciplinaria

Si todo va bien todo el mundo es feliz, pero si en nuestro trabajo se produce un error, por ejemplo, una infección cruzada a uno o más pacientes, estamos llamados a responder a nuestras responsabilidades en el área de penal, civil, administrativa o disciplinaria. Dado que hay muchas fuentes de información, el nivel de conciencia de los derechos de los pacientes es mayorAdemás, un gran porcentaje de los pacientes y los ciudadanos buscan estar en el Servicio de salud porque están convencidos de que han sufrido un daño como consecuencia de un tratamiento médico.

Pero vamos a ver ¿cuáles son las diversas formas de responsabilidad que estamos obligados a responder, a continuación, hablar de lo que son nuestras armas de defensa. La responsabilidad se divide en responsabilidad penal, civil, administrativa o disciplinaria La responsabilidad disciplinaria se puede administrativa respecto de la entidad de la que depende, o el código de conducta hacia el Colegio profesional de pertenencia.

La responsabilidad penal es siempre personal, y por lo general toma en cuenta la presencia de delitos no intencionales o lesiones o muerte por negligencia. Mientras que la responsabilidad extracontractual puede ser enfrentado por las Compañías de seguros (información personal del operador y los de la Empresa sanitaria), el delito con respecto a la responsabilidad del personal. A menudo, el paciente, o por el contrario, su abogado, hizo un llamamiento a la penal, incluso si puede ser tratado como un agravio, no para los fines de la justicia penal, que es, para castigar a una persona que ha cometido un delito, sino para facilitar el acceso a la indemnización por daños y perjuicios en los tribunales civiles.